Micelio
Auto12 de noviembre de 2025

A- de 2025

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Idear·Demandado Quiroz Acevedo Jisseth Jattin Y Otro

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Objetivo-Finalizó La Causa Judicial Que Dio Inicio Al Proceso Ejecutivo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, Arauca, y el Juzgado 003 Administrativo del Circuito Judicial de Arauca, Arauca, originado por una demanda ejecutiva de mínima cuantía instaurada por el Instituto de Desarrollo de Arauca (IDEAR), en contra de unas ciudadanas, para perseguir el pago de la suma de dinero contenida en un pagaré que respalda un crédito educativo otorgado a las demandadas.

Al verificar los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no se cumple con el presupuesto objetivo pues se encuentra que la causa judicial que dio origen al litigio quedó extinguida dado que el proceso ejecutivo subyacente a la controversia avanzó desde el auto por el cual se ordenó librar mandamiento de pago hasta la aprobación de la liquidación del crédito.

De esta manera, al haber finalizado la causa judicial que motivó el conflicto entre jurisdicciones, no se acredita en este caso el presupuesto objetivo y por ende no hay un conflicto que dirimir.

La Sala se declara inhibida para decidir al respecto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva.
  2. SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-7154 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, Arauca, para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.